Reforma a los artículos 173 y 173 bis del Código Penal
En Guatemala, la edad de consentimiento sexual en la actualidad se sitúa en 14 años, un umbral que ha generado un amplio debate pendiente a nivel nacional y limitado para sectores de la sociedad.
La literatura sobre el desarrollo cognitivo y emocional sugiere que la mayoría de niñas, niños y adolescentes a esa edad o menos, no han alcanzado un nivel de madurez suficiente para tomar decisiones informadas sobre su sexualidad y sexo. En consecuencia, pueden ser vulnerables a situaciones de abuso y explotación sexual.
En Guatemala, existen altas tasas de violencia sexual y embarazos de menores, refuerza la necesidad de reevaluar esta legislación.
Unos datos para entrar en contexto
En Guatemala, la situación de violencia sexual y embarazos en menores sigue siendo alarmante. Durante 2023, se reportaron un mil 975 nacimientos de madres adolescentes en el departamento de Chiquimula, con una notable concentración en las edades de 15 a 19 años. En Escuintla, la cifra fue mayor, alcanzando los 3 mil 139 casos en el mismo rango de edad.
De acuerdo con cifras del Observatorio en Salud Sexual y Reproductiva (OSAR) de Guatemala, en los primeros meses del año se continúan registrando altos números de nacimientos en madres adolescentes. Este fenómeno no solo refleja un problema de salud pública, sino también una consecuencia directa de la violencia sexual y la falta de educación sexual adecuada.

Para más información, haz clic acá: https://osarguatemala.org/
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, en inglés) destaca los desafíos culturales y sociales que dificultan la prevención de embarazos adolescentes y el acceso a información sobre salud sexual.
Unicef trabaja junto a grupos locales para empoderar a jóvenes y promover cambios en las políticas públicas, como la elevación de la edad mínima para el matrimonio a 18 años.
Según cifras de la Policía Nacional Civil (PNC), el 94 % de las víctimas de los casos de delitos sexuales son mujeres. Estos datos subrayan una clara tendencia de género en la victimización por violencia sexual.
Investigaciones de la socióloga e investigadora de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), Ana Silvia Monzón, sostienen que la violencia sexual no es impulsada por el deseo sexual per se, sino por una dinámica de poder, superioridad y dominación masculina.
En cuanto a las denuncias de violencia sexual, según la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET) detalló que en los últimos cinco años:
El 43 % de las víctimas mujeres fueron niñas y adolescentes de 0 a 17 años
El 16 % mujeres jóvenes adultas de 18 a 30 años
El 16 % adultas de 30 a 64 años
El 0.4 % mujeres mayores de 65 años
El 25 % de los casos, la edad de las víctimas es desconocida
Estas cifras evidencian la vulnerabilidad particular de las niñas y adolescentes, reforzando la necesidad de medidas protectoras más robustas.
¿Por qué me debe importar?
Elevar la edad de consentimiento sexual en Guatemala es una urgencia con el fin de proteger a los jóvenes de situaciones de abuso y explotación.
Cambiar la edad a un rango entre 16 y 18 años podría proporcionar a los menores de edad más tiempo para desarrollarse emocional y cognitivamente. De ese modo, podrías tomar decisiones más informadas.
Con esto, la legislación guatemalteca se alineará con los estándares internacionales de protección infantil y derechos humanos.
Aportes
Victoria Maldonado, coordinadora de proyectos del Osar, explicó que se deben aprobar leyes que protejan a los menores, así como políticas que fortalezcan esta legislación.
Cabe aclarar que la propuesta de reforma no pretende criminalizar a los adolescentes que mantienen relaciones consensuales entre sí, sino se enfoca en proteger a los menores de edad de personas adultas que podrían aprovecharse de su vulnerabilidad.
Perspectiva penal
La necesidad de aumentar la edad de consentimiento para relaciones sexuales en Guatemala se enmarca en una problemática amplia que involucra violencia de género, particularmente violencia sexual contra mujeres y niñas.
Los artículos 173 y 173 bis del Código Penal de Guatemala especifican los delitos de violación y otros actos sexuales no consentidos, aunque en la actualidad permite una relación sexual consensuada a partir de los 14 años. Esto último ha sido criticado por la sociedad civil porque no ofrece una protección suficiente a los menores de edad.
El delito de violación se entiende como una relación sexual sin consentimiento que puede ser condenado entre ocho a 12 años de prisión.
Mientras que el artículo 173 bis amplia esta definición para incluir la violación de personas incapaces de resistirse como pueden ser niños, adolescentes o personas bajo amenaza.
En 2008, la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer fue aprobada, la cual establece penas severas para los delitos sexuales cometidos contra mujeres, lo que reconoce el impacto desproporcionado de la violencia contra mujeres y niñas.
Reformar la ley para que el consentimiento sexual sea a los 18 años podría otorgar más protección a la niñez y adolescencia de Guatemala. Además, un cambio de este nivel sería congruente con recomendaciones internacionales y políticas de protección de derechos de la infancia.
De acuerdo con la agencia de noticias EFE, la justicia guatemalteca condenó el 2 de marzo de 2021 a 30 años de prisión inconmutables a Gustavo Adolfo Bolaños Acevedo por el asesinato de María Isabel Véliz Franco, de 15 años. El hecho ocurrió el 16 de diciembre de 2001 en la Ciudad de Guatemala.
El nombre de María Isabel es conocido en las instituciones y la población al ser utilizado desde hace años junto al de otra menor secuestrada y asesinada para darle vida a un mecanismo de búsqueda de mujeres desaparecidas en Guatemala: la Alerta Isabel-Claudina.
✅¿Cómo reportar una mujer desaparecida?
— MP de Guatemala (@MPguatemala) June 4, 2024
La Alerta @isabel_claudina es un mecanismo de búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas.
Para reportar la desaparición de una mujer acude a cualquier sede del Ministerio Público, comisarias o subestaciones de @PNCdeGuatemala, llama… pic.twitter.com/W1i8ZS6ArA
El caso Velásquez Paiz y otros vs. Guatemala es un ejemplo de violencia de género donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la sentencia Serie C No. 307, emitida el 19 de noviembre de 2015.
Puedes leer la sentencia completa de la CIDH aquí
Hora de la conclusión
Cambiar la edad de consentimiento sexual en Guatemala a un rango entre 16 y 18 años es una medida que merece una discusión seria y reflexiva.
Una reforma legislativa no solo protegería mejor a los jóvenes de posibles abusos, sino que también respetaría su capacidad de explorar su sexualidad de manera segura y consensuada con sus pares.
Cualquier reforma en esta área es importante que no criminalice a los adolescentes por relaciones consensuales, sino que se dirija principalmente a la protección contra la explotación y el abuso por parte de adultos.
Al aumentar la edad de consentimiento, Guatemala podría dar un paso significativo hacia la protección integral de las y los jóvenes, proporcionando un entorno más seguro para su desarrollo.
Se requiere implementar medidas a nivel institucional, jurídico, social y político para prevenir, erradicar, sancionar y reparar la todo tipo de violencia contra las mujeres, niños y adolescentes.
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Meybel Amaya
Licenciada en Ciencias Jurídicas. En proceso de especialización en Derecho Comparado Internacional. Escribo de derechos humanos, migración, política y empoderamiento de las niñas. Fundadora de Niñas sin Fronteras. Becaria en la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM-OEA). "Muchas gente pequeña pueden cambiar el mundo".






