¿Qué es la violencia contra la mujer?
Según la legislación de Guatemala, la violencia contra la mujer es un delito descrito en el artículo número 7 de la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer, este delito contiene las siguientes características que a continuación te explicamos:
La violencia contra la mujer engloba 3 tipos de violencia:
- Física: golpes o lesiones
- Psicológica: insultos, humillaciones o devaluación de la autoestima
- Sexual: violación

Los hechos constitutivos del delito de violencia contra la mujer pueden suceder tanto en el ámbito público como en el ámbito privado.
El ámbito público se refiere a las relaciones interpersonales que tienen lugar en la comunidad. Por ejemplo, las relaciones laborales o educativas (jefe-empleada o maestro-alumna) y el ámbito privado hace referencia a las relaciones interpersonales domésticas o familiares, así como las relaciones entre padre e hija o entre cónyuges.
Circunstancias alrededor de la violencia contra la mujer
El agresor pretendió, en forma repetitiva o continua, inútilmente, establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.
Pensemos que Juan es exnovio de Bella, varias veces ha intentado regresar con ella, pero está siempre rechaza sus propuestas. Un día Juan abusa sexualmente de ella.
- El agresor mantuvo en la época en que se perpetre el hecho, o anteriormente al hecho relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de intimidad o noviazgo, amistad, compañerismo o relación laboral, educativa o religiosa con la víctima. Pongamos dos ejemplos que se dan en este supuesto: Julio es esposo de Laura a quien golpea constantemente o Paco es maestro de Claudia, a quien abusa sexualmente.
- La agresión fue el resultado de ritos grupales usando o no armas de cualquier tipo.
- El menosprecio del cuerpo de la víctima para satisfacción de instintos sexuales, o cometiendo actos de mutilación genital.
- Por misoginia. Es decir, el odio injustificado hacia las mujeres.
¿Cuál es la pena para quienes cometen el delito de violencia contra la mujer?
Para los responsables de violencia física o sexual contra la mujer, la sanción correspondiente será la pena de prisión de cinco a doce años, dependiendo la gravedad de los hechos.
En el caso de violencia psicológica, la sanción correspondiente será la prisión de cinco a ocho años, dependiendo la gravedad de los hechos.
¿Dónde puedo denunciar?
A través de la vía telefónica:
Línea 1572 del Ministerio Público
Puedes llamar desde cualquier teléfono a la línea 1572 del MP, la cual se encuentra hábil las 24 horas del día y los 365 días del año. La llamada te comunicará con la operadora de turno, quien, al escuchar la emergencia, determinará tu ubicación y coordinará la unidad de la Policía Nacional Civil (PNC) para que te puedan brindar tu resguardo inmediato.
Línea 110 de la Policía Nacional Civil
Puedes llamar desde cualquier teléfono a la línea 110, la cual te comunicará directamente al call center de la PNC, debes de comunicar el hecho del cual eres víctima a la operadora.

Aplicación botón de pánico:
Puedes descargar la aplicación del MP, la cual está disponible tanto para Android como Apple. Una vez descargada la aplicación, debes llenar el formulario con los datos correctos y colocar tu ubicación.
Si deseas utilizar el botón de pánico, selecciona la opción, la cual enviará una alerta y enviará tu ubicación al centro de llamadas del MP, quienes coordinarán la llegada de la PNC en la ubicación que has registrado en la aplicación.
Un dato importante es que para utilizar el botón de pánico necesitas contar con Internet, de lo contrario no se podrá enviar de manera correcta tu ubicación.
Denuncia presencial:
Puedes presentar tu denuncia verbal en el Modelo de Atención Integral para Mujeres Víctimas de Violencia (Miami), que está en la 11 avenida A, 11-47, colonia La Verbena, zona 7 capitalina. El Miami atiende las 24 horas del día, todos los días del año y cuenta con seguridad perimetral.
Puedes seguir la ubicación de Waze.
También puedes presentar tu denuncia verbal en la Oficina de Atención Permanente (OAP) del MP, en la sede central en la 15 avenida, 15-16, barrio Gerona, zona 1 de la ciudad de Guatemala o en las agencias municipales del ente investigador.
Haz clic para conocer la ubicación de la sede central del MP, o bien, descarga el directorio de las Fiscalías.
¿Qué hacer si desestiman mi denuncia?
La desestimación es el rechazo razonado de una denuncia y sucede cuando la acción u omisión descrita en la denuncia no sea un delito establecido por la ley o no se pueda proceder en la investigación penal por falta de pruebas.
Toma en cuenta los siguientes consejos para evitar la desestimación de tu denuncia:
- La denuncia debe realizarse en un tiempo cercano a la fecha en la cual ocurrieron los hechos. Esto para evitar que, debido al transcurso del tiempo, no haya prueba física que pueda comprobar los hechos narrados en la denuncia.
- Al momento de presentar tu denuncia, detalla los hechos sucedidos de forma clara, indicando modo o forma, tiempo y lugar en el cual sucedieron los hechos.
- Debes de aportar el nombre del agresor, de lo contrario la falta de individualización del agresor puede propiciar el archivo o el desistimiento de la denuncia.
- Debes de otorgar tu consentimiento para que se hagan los peritajes médicos forenses o la evaluación psicológica. Como parte de las diligencias de investigación, el Ministerio Público coordinará con el Inacif para llevar a cabo evaluaciones médicas. La negativa o inasistencia a la cita médica podría jugar en contra, debido a que el examen médico forense será tomado como prueba dentro del juicio y permite la comprobación científica de los hechos denunciados.
- Debes dar una dirección o número de teléfono, para que el MP te comunique información importante como citaciones o la notificación de desestimación.

Al desestimar una denuncia, el Ministerio Público comunicará la desestimación a la víctima, quien tiene un plazo de 10 días calendario a partir de la notificación, para presentar su oposición a la desestimación, la cual debe presentarse mediante memorial ante el juez penal competente, recibida la oposición a la desestimación.
El juez determinará el día y hora para la audiencia de oposición a la desestimación, a la cual deberá de acudir la víctima en compañía de su abogado. Si el juez considera que la desestimación hecha por el MP no se apega a la ley, ordenará la reanudación de la investigación penal, asignando el caso a otro fiscal distinto de aquel que haya realizado la desestimación.
El violentómetro
El violentómetro es una gráfica en forma de regla que permite distinguir y clasificar las distintas manifestaciones de violencia que pueden ocurrir en una relación conyugal, familiar o de noviazgo.
La violencia puede aumentar con el paso del tiempo y el violentómetro es una herramienta que puede ayudarte a identificar si eres víctima de violencia, sino también a prevenir y atender oportuna y eficazmente la violencia.

Referencias
- Código Procesal Penal
- Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer
- Ministerio Público de la República de Guatemala. (2024). Página oficial del Ministerio Público de la República de Guatemala. Disponible aquí.
- Secretaría Presidencial de la Mujer. (2024). Plan nacional para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres 2020-2029. Primera Edición. Ciudad de Guatemala, Guatemala.
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Sue Estrada
Abogada y Notaria en ejercicio. Interés en temas relacionados al Derecho, Política, Filosofía, Teología y Literatura Universal.










