En el diario oficial se publicó el Acuerdo Gubernativo 89-2023, el cual indica las tarifas que deberán pagar presuntos agresores, sindicados, sancionados o condenados por el uso de brazalete (dispositivo de control telemático).
A partir del 1 de junio, se implementará el uso de un dispositivo de control telemático como método alternativo a la prisión preventiva. En la orden de instalación, el juez debe indicar si el privado de libertad deberá pagar por el uso del dispositivo o si Mingob absorberá este gasto, luego de un estudio socioeconómico que efectúe el Organismo Judicial.
Las tarifas individuales para el uso de dispositivos de control telemático serán los siguientes:
- Tarifa diaria – Q50.00
- Tarifa mensual – Q1,500.00
Los beneficiarios podrán ser personas a las que un juez les de medida sustitutiva a cambio de prisión preventiva. También, condenados que se encuentren cumpliendo una sentencia. Asimismo, agresores con el fin de proteger a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.
Hoy fue publicado en el @DiariodeCA el Acuerdo Gubernativo 89-2023 donde se especifican las tarifas que deberá pagar el presunto agresor, sindicado, sancionado o condenado por el uso del brazalete, que contempla los avances en la implementación del #ControlTelemático. pic.twitter.com/oe8kDUg7Mh
— MinGob (@mingobguate) May 17, 2023
De acuerdo con el Ministerio de Gobernación (Mingob), la implementación del control telemático es una herramienta tecnológica que fortalece el sistema penitenciario y moderniza el sector justicia. De este modo, se establece una alternativa para el cumplimiento del arresto domiciliario o residencial.
¿Qué es un dispositivo de control telemático?
La definición se encuentra en el artículo 3 del Decreto 49-2016 que dice:
“El dispositivo de control telemático es un conjunto de sistemas electrónicos de telecomunicaciones e informática que pueden ser utilizados para el control de presencia y localización a distancia, de persones ligadas a proceso y que hayan sido beneficiadas por una o varias medidas sustitutivas, o que gocen de las fases de prelibertad y libertad controlada”.
¿Sabes cuál es la diferencia entre arresto domiciliario o residencial?
Según el artículo 6 del Decreto 49-2016:
ARRESTO DOMICILIARIO:
Se entenderá por domicilio la circunscripción departamental.
ARRESTO RESIDENCIAL:
En virtud de la aplicación del medio telemático, el juez también puede limitar el arresto al lugar de residencia de la persona.
El juez puede delimitar el ámbito geográfico de la persona portadora del dispositivo telemático. Sin necesidad de limitarse al arresto domiciliario o arresto residencial, únicamente fijando los lugares o las personas a las que no puede acercarse el portador del dispositivo telemático.
Sabías que… han transcurrido siete años desde que el Congreso de la República aprobara el Decreto 49-2016 “Ley de Implementación del Control Telemático en el Proceso Penal”.
Esta ley fue creada porque los centros de prisión preventiva y del sistema penitenciario se encuentran rebasados en su capacidad, existiendo problemas de hacinamiento, violencia interna, fuga de reclusos, motines, corrupción y descontrol. Sin embargo, la ley no ha sido aplicada.
En 2017, la Corte Suprema de Justicia emitió el acuerdo 14-2017 para aprobar la implementación del control telemático en el proceso penal.
El ministro de Gobernación indicó el 11 de mayo que “luego de tres eventos de licitaciones precedidos de administraciones anteriores, se logra concretar el Control Telemático”.
En febrero pasado, el Mingob adjudicó por Q110 millones 367 mil 144 el arrendamiento de 2 mil dispositivos de control telemático. Este fue el cuarto intento por adquirir el servicio, pues en las ocasiones anteriores el evento había sido anulado.
El titular de la cartera del interior comentó que el próximo miércoles 17 de mayo saldrá el tarifario de pago diario a quienes utilizarán los brazaletes, esto mediante orden de juez. pic.twitter.com/VRn5D5n6qo
— MinGob (@mingobguate) May 17, 2023
La empresa que ganó la licitación fue Tecnología, Acceso y Seguridad Sociedad Anónima, que fue la única que presentó oferta, según consta en el portal Guatecompras.
“El dispositivo consiste en una tobillera que emitirá una señal permanente de la ubicación georreferenciada de su portador, hacia el Centro de Control Telemático de la institución. El incumplimiento de las disposiciones judiciales por parte de la persona portadora del mismo, tiene como consecuencia la revocación de la medida, el pago de una multa, pena de prisión y la inmediata captura, de acuerdo al criterio del órgano jurisdiccional competente”, explicó
titular del Mingob
Por su parte, el Subdirector del Centro de Control Telemático del Mingob, señaló que el Dispositivo de Control Telemático (DCT) es un rastreador de ubicación que monitorea en tiempo real el comportamiento de las personas que portan el mismo.
Hasta el momento se tiene disponible 2 mil dispositivos para que el Organismo Judicial (OJ) los utilice en el proceso penal.
Tal tecnología ha sido implementada en otros países con el objetivo de velar por los Derechos Humanos y brindar garantías constitucionales.
Asimismo, estos dispositivos electrónicos que permiten la vigilancia permanente de las personas sujetas a un proceso penal tienen un sistema de alerta al intentar manipularlos.
Cada uno pesa 68 gramos y se sujeta con correas de fijación a los tobillos, las cuales son de fibra óptica con un refuerzo de acero, para evitar puedan quitarse el mismo. Además, cuentan con la tecnología IP68, lo cual garantiza la protección del equipo contra el polvo o la inmersión al agua.
También, cuentan con Servicios Basados en Localización (LBS, por sus siglas en inglés), lo cual permite utilizar información de su dispositivo móvil o Wireless Fidelity (Wifi, en inglés), así como del Sistema de Posicionamiento Global (GPS), para determinar la ubicación geográfica en tiempo real.
En caso que alguien destruya, altere, retire o evadiera el dispositivo impuesto; será sancionado con prisión de 5 a 10 años. Además, tendrá que pagar una multa de 25 a 50 mil quetzales.
Se realizan reuniones con jueces y trabajadores sociales de la Corte Suprema Justicia (CSJ) para la implementación del control telemático en el proceso penal. Por eso mismo, se solicita a los magistrados de dicha institución capacitar a los jueces.
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Gabriel Morales
Estudiante de maestría en comunicación e Identidad corporativa con especialidad en periodismo por USAC y UNINI México.