Los idiomas mayas apuntados bajo armas legales, ya no de fuego

Tras los Acuerdos de Paz en Guatemala, surgió un proceso de reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo el valor fundamental del idioma como base de la cultura, identidad y transmisión de conocimientos ancestrales.

A raíz de los Acuerdos de Paz, frente a las grandes crisis humanitarias y violaciones a los derechos humanos cometidos por el Estado, el reconocimiento de sistemas para hacer valer los derechos de los pueblos originarios en Guatemala se han convertido en uno de los puntos álgidos en la historia del país, en el intento de reivindicar el papel de las comunidades mayas, garífunas y xinkas en la condición social y política del país, restituir sus derechos humanos  y sus derechos como pueblos. 

Uno de estos puntos se relaciona con el idioma. Wilhelm von Humboldt afirmaba que la lengua (en este caso idioma) no es solo un medio de comunicación, sino el fundamento del pensamiento y de la cultura de un pueblo. Aunque esta teoría ha sido criticada, cabe resaltar que en el caso de las comunidades mayas, el idioma ha significado la base fundamental para la transmisión generacional de los conocimientos ancestrales, siendo que esto le ha ayudado a pervivir y sobrevivir a lo largo de siglos de opresión.

La Academia de Lenguas Mayas de Guatemala (ALMG) es la única institución autónoma reconocida por el estado a nivel latinoamérica que regula y establece criterios lingüísticos, de educación y promoción de idiomas originarios, los cuales pueden ser reconocidos, promovidos y establecidos oficialmente a nivel nacional. Es decir, es una institución casi única a nivel regional. Sin embargo, se ha visto afectada al mismo tiempo por intenciones o decisiones que lejos de un criterio técnico, científico y realista, se asoman más próximas a otros intereses.

ALMG
Crédito: Imagen de Guatemala.com

Ejemplo de esto es lo sucedido desde septiembre de 2021, cuando Cornelio Gonzalo García, diputado por Huehuetenango propuso al Congreso de la República de Guatemala la iniciativa de Ley que dispone aprobar reformas al Decreto 19-2003 del Congreso de la República, Ley de Idiomas Nacionales, la cual también se refiere a los fines, objetivos y atribuciones de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala (ALMG), según Decreto Legislativo 65-90. 

De manera general, el objeto de estas reformas son: “Prescindir del requerimiento del aval de reconocimiento o fusión de los idiomas Mayas por la ALMG con posterioridad a la vigencia de la ley, trasladándose ahora a un dictamen técnico favorable de lingüista y antropólogo colegiado activo, así como dictamen favorable por la Procuraduría General de la Nación y mediante Decreto del Congreso de la República”. 

Los antecedentes de esta situación ocurren desde el 2017, desde que el diputado Cornelio Díaz, el 31 de agosto de ese año presentó la iniciativa de ley Número 5337. Luego, el 6 de septiembre de 2026, cuando el diputado Edgar Rubén Dubón Garcia presenta la Iniciativa de Ley 6252 que dispone aprobar reforma al decreto número 65-90 del Congreso de la República, LEY DE LA ACADEMIA DE LAS LENGUAS MAYAS DE GUATEMALA, ambos disponen reconocer como idiomas, dos variantes dialectales, uno del idioma Achí (hablado en el área de Cubulco) y otro del idioma Chuj (hablado en el área de San Sebastián Coatán).

Crédito: Imagen de Mi lindo Rabinal con Sabor a Naranja, Nahual maya representante de la fuerza, la sanación física y espiritual, y la capacidad de cortar lo negativo.
Crédito: Imagen de Mi lindo Rabinal con Sabor a Naranja.

Sobre estas iniciativas de ley, el pasado 29 de abril de 2026 se concluyó, por el Presidente de la Junta Directiva del Congreso de la República de Guatemala, diputado Luis Alberto Contreras y su equipo asesor, que las iniciativas 6252 y 5337 serán excluidas de la agenda del legislativo toda vez no tengan dictamen favorable de la entidad, considerando los argumentos técnicos y científicos que demuestran la inviabilidad.

Dicha reunión fue sostenida junto a la Junta Directiva, Consejo Superior de la Academia de las Lenguas Mayas de Guatemala. Sin embargo, el posible peligro que representa la Iniciativa de Ley 5979 del Congreso de la República que dispone aprobar reformas al decreto número 19-2003 del Congreso de la República, sigue latente, pues busca reformar y prescindir de una función importante de la ALMG, el cual es su especialidad en emitir dictamen favorable o no para el reconocimiento o fusión de un idioma maya.

Esta iniciativa de ley es inconstitucional, improcedente operativa y socialmente. Las razones se procederán  a explicar en los siguientes párrafos.

Violación al principio de no subordinación y a la autonomía funcional

La Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 141, establece la prohibición de subordinación entre órganos del Estado, principio que se proyecta al régimen de entidades autónomas como manifestación del sistema de separación funcional.

La reforma propuesta no constituye una simple modificación procedimental, sino que produce un efecto material de subordinación, al condicionar el ejercicio de una competencia propia de la Academia a criterios externos ajenos a su estructura institucional.

Violación a la autonomía de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala

La Ley de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala establece en su artículo 3 que la Academia constituye la máxima entidad rectora para la promoción y desarrollo de las lenguas mayas en el país, con facultades para:

  • Darse sus propias autoridades
  • Administrar sus intereses
  • Emitir reglamentos, resoluciones y disposiciones en materia de su competencia.

Asimismo, su reglamento desarrolla una autonomía integral que abarca los ámbitos administrativo, legal, financiero y lingüístico, reconociendo expresamente su capacidad para ajustar sus actuaciones conforme a la investigación científica de la realidad sociolingüística.

En ese sentido, el reconocimiento, clasificación o eventual fusión de idiomas mayas constituye una competencia material propia y exclusiva de la Academia.

La iniciativa de reforma, al sustituir el dictamen técnico de la ALMG por el de profesionales individuales y de la Procuraduría General de la Nación, implica un desplazamiento de la autoridad rectora, lo cual desnaturaliza su función y vulnera su autonomía legalmente reconocida.

Los idiomas mayas juegan un rol fundamental en el desarrollo de las comunidades. Crédito: Pexels

El artículo 24 del Decreto 19-2003, Ley de Idiomas Nacionales, establece expresamente que el reconocimiento o fusión de idiomas mayas debe realizarse previo dictamen técnico de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala.

Dicha disposición configura una reserva de competencia técnica institucional a favor de la Academia. La reforma pretende alterar este esquema, trasladando dicha competencia a sujetos no previstos originalmente por el legislador, y rompiendo con el principio de legalidad al alterar la autonomía de la institución. Esta situación constituye una modificación sustancial que desconoce la especialización institucional previamente definida.

Violación al artículo 66 de la Constitución Política de la República de Guatemala

Las atribuciones de la Academia, conforme a la Ley de Idiomas Nacionales y su propia ley orgánica, incluyen la investigación lingüística, la promoción y desarrollo de los idiomas mayas, la formulación de estrategias para su fortalecimiento y la determinación de procesos de reconocimiento y unificación lingüística

Estas funciones evidencian que se trata de un ente con competencia técnica especializada, no sustituible por valoraciones individuales aisladas.

La reforma, al sustituir el dictamen institucional por dictámenes de profesionales individuales y de un órgano cuya función no es técnica en materia lingüística, rompe con el principio de especialidad, debilitando la coherencia de la política pública en materia lingüística, afectando directamente al artículo 66 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

El estado reconoce, respeta, y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, (…) idiomas y dialectos.

De acuerdo con la RAE, el respeto se define como “el  hecho de respetar o aceptar algo, como una ley o una norma”.

Crédito: Redes sociales de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Argentina.

Afectación a los derechos culturales y a la libre determinación de los pueblos indígenas

La Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce el derecho de los pueblos a la libre determinación y a la preservación de su identidad cultural y lingüística.

En el ámbito interno, la Ley de Idiomas Nacionales establece como objeto el reconocimiento, respeto, promoción y desarrollo de los idiomas de los pueblos indígenas, en apego a la Constitución y a los derechos humanos. La Academia de Lenguas Mayas de Guatemala constituye el mecanismo institucional mediante el cual el pueblo maya ejerce, en el ámbito lingüístico, dichos derechos.

La reforma, al debilitar la rectoría de la Academia, afecta directamente la capacidad de los pueblos indígenas para incidir en la determinación de su identidad lingüística, configurando una restricción sin fundamento técnico, social  y científico a sus derechos culturales.

En consecuencia, las reformas propuestas resultan incompatibles con el orden constitucional guatemalteco y con el bloque de constitucionalidad en materia de derechos humanos.

Confirmación de la vulneración a la competencia técnica especializada

El rechazo de la ALMG evidencia que la iniciativa legislativa prescinde del criterio técnico institucional especializado y desconoce el mandato contenido en el artículo 24 del Decreto 19-2003, Ley de Idiomas Nacionales, que exige dictamen técnico de dicha entidad.

En este sentido, no solo altera la competencia legalmente asignada, sino que además lo hace en contra del criterio de la autoridad técnica.

Fundamento operativo

En un artículo del portal web del Congreso de la República, se menciona que la falta de reconocimiento de este idioma afecta a toda la comunidad, limitando su derecho al desarrollo social, educativo, político y económico. Además, esta situación dificulta el acceso a la justicia, ya que no se cuenta con traductores jurídicos. 

Mateo Matías García, presidente de la comunidad lingüística K’ub’ul, mencionó en una reunión anterior que han recolectado más de cinco mil firmas, para solicitar la inclusión de su idioma. Los habitantes de la región afirman que se trata del  idioma predominante y sostienen que al no estar en el listado de los 22 idiomas mayas, son excluidos de proyectos de desarrollo.

Relacionado con la iniciativa de ley que busca prescindir del dictamen técnico favorable de la Academia de Lenguas Mayas, para el fundamento operativo sobre la improcedencia de esta ley que propone  reformas  se debe hacer mención de la asignación y ejecución presupuestaria de la Academia de Lenguas Mayas en los últimos tres años.

  • 2024: 33.6 millones de quetzales, ejecución presupuestaria: 98%.

  • 2025: 40 millones de quetzales, ejecución presupuestaria: 93%

  • 2026: 35 millones ejecución presupuestaria en progreso.

Crédito: Elaboración propia

En la imagen anterior, correspondiente a cantidades del 2024, es posible observar que, aunque la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala ejecuta casi la totalidad de su presupuesto, su asignación es extremadamente reducida en comparación con los grandes ministerios del Estado u otras instituciones, los cuales administran miles de millones de quetzales para la provisión de servicios básicos. Aunque los criterios de función entre instituciones son diferentes, la cantidad asignada a la ALMG sigue siendo baja.

Tamaño real del presupuesto de la ALMG (orden de magnitud)

  • Presupuesto anual aproximado: Q30–35 millones
  • Cobertura teórica: alrededor de 8 millones de personas mayas
  • Idiomas atendidos: 22. 

Esto equivale a menos de Q5 por persona al año y a menos de Q1.6 millones por idioma. Con estos recursos no es posible desarrollar sistemas educativos bilingües completos, garantizar intérpretes en los sistemas de justicia y salud, producir materiales lingüísticos y educativos a escala nacional y mantener una presencia institucional efectiva en todo el país.

La Academia de Lenguas Mayas, al volverla innecesaria para la emisión de dictamen técnico favorable para el reconocimiento o fusión de nuevos idiomas mayas, tendría que gestionar acciones económicas con el objetivo de asegurar sedes para los mismos, incluyendo: La contratación de personal, gestión de gastos para proyectos de promoción de estos idiomas, gestión de proyectos de investigación, estandarización y reglado de gramáticas normativa y, como se ha visto anteriormente, la ALMG cuenta con un presupuesto reducido.

En cuanto a la justificación del acceso a la justicia,  es necesario citar la siguiente fuente respecto al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado 2026, de La Hora: 

El Cien señala que el MP es la entidad que más ha sostenido una tendencia de aumento presupuestario, mientras que otras, como el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), el Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP) y el Instituto de Atención a la Víctima (IAV), continúan con niveles de financiamiento que el Cien considera insuficientes para la demanda que enfrentan.

En conjunto, estas tres instituciones reciben una asignación cercana al 5 por ciento, a pesar de la importancia de los peritajes científicos, la garantía del derecho de defensa y la atención integral a las víctimas.

El Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, en su asignación presupuestaria a este ámbito, repercute de manera significativa al respecto que “dificulta el acceso a la justicia, ya que no disponen de traductores jurídicos.”

Se debe mantener la pertinencia lingüística en tanto que las personas hablantes de variantes de un idioma reciban un servicio adecuado de acuerdo al mismo; Sin embargo, esto no se puede lograr a través de presupuestos bajos a este sector.

Lingüísticamente, realizando una comparativa coloquial, es similar a expresar que: “Como el español de Chile (variante dialectal) es muy diferente al español (idioma) de España, entonces se le reconocerá como un nuevo idioma”. La intención no es científica, no es técnica, no es legal y no es ética, lo cual se expresa en buscar prescindir de una función esencial en materia lingüística sobre una institución rectora de este ámbito. Es como decir que “ Se crearán nuevos idiomas provenientes del español sin el aval, opinión o consulta a la Real Academia Española”.

Crédito: Prensa Libre

En conclusión, que la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala exista y tenga las competencias que tiene hoy en día es el resultado de un amplio proceso histórico, lingüístico y organizativo impulsado por representantes del pueblo maya. 

Luchemos por la herencia que nuestros abuelos nos han dejado, porque cuando un hombre muere, las personas temen a sus huesos, pero la esencia no se pierde y perdura en nuestros hijos y nuestras hijas. -Jun Junajpu’-

 ¡Janina Matyox (Maya Kaqchikel), Kaw yuch’antioxh teyet (Maya Popti’)!

Escrito por: Yaxk’in Fredman Patal Delgado

Soy un joven Maya Indígena Popti’, estudiante de derecho en la universidad Mariano Gálvez, fui locutor de radio en el programa llamado “Nuestras Raíces” de una radio comunitaria de Jacaltenango, Huehuetenango, tocando temas culturales y políticos informativos como coyunturales. También he participado en la promoción de los derechos del pueblo indígena y la niñez. Apasionado en la sociología, al igual soy músico de hobby. Yuch’antiox te yet (Gracias a todos).

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