• julio 19, 2022
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Regulación de antibióticos en Guatemala

Regulación de antibióticos en Guatemala

En la imagen izquierda observamos el campo inmunológico desarrollado por los antibióticos y en la imagen de la derecha analizamos la comparativa en la disminución del campo inmunológico derivado la resistencia a los medicamentos antimicrobianos. Fuente: Fotografías del fotógrafo Cordon Press

ABUSO EN LA PRESCRIPCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO ADECUADO DE ANTIBIÓTICOS EN GUATEMALA

Guatemala es un país donde la venta y expendio de medicamentos de tipo ANTIBIÓTICOS carecía de control gubernamental, hasta el 07 de agosto del 2019, con la entrada en vigencia del Acuerdo Ministerial No. 145-2019 el cual fue derogado por el Acuerdo Ministerial 181-2019. Con la entrada en vigencia de este acuerdo se logró un avance a favor de la prevención y control del desarrollo a la resistencia antibacteriana, promoviendo salud pública integral a la población guatemalteca.

De acuerdo con la información divulgada por  el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social –MSPAS-, el país ocupa el cuarto lugar de Latinoamérica con la mayor resistencia a los antibióticos y para contrarrestarlo se aprobó la Normativa para la Regulación de Medicamentos de Prescripción Médica Antimicrobiana (antibióticos de vía oral – parenteral) y esteroides oftálmicos, la cual restringe la comercialización de estos medicamentos,  que anteriormente se vendían al público libremente sin receta extendida por personal calificado y certificado.

La norma entró en vigencia el pasado 27 de junio del 2019, con el Acuerdo 145-2019, regulación de “antimicrobianos”, que además de los medicamentos contra bacterias incluye a los que atacan virus, hongos y parásitos.

El Acuerdo Ministerial 181-2019, que se enfoca específicamente en los antibióticos vía oral y parenteral —se aplican a través de vía intravenosa, muscular o subcutánea—, pues preocupa que las personas se automediquen e ingieran esta clase de medicamentos para contrarrestar infecciones víricas tales como resfriados o gripe sin prescripción médica y como consecuencia estos creen resistencia a los medicamentos al tomarlos de forma indiscriminada, con lo que dan lugar a desarrollar farmacorresistencia.

Sonia Lucrecia Chajón Hernández, propietaria de la Farmacia Madrid, en la 9ª. calle entre 8ª. y 9ª. avenidas de la zona 1. (Foto Prensa Libre: César Pérez)

El asidero legal de este tema fue publicado el 07 de agosto del 2019, para lo cual indica lo siguiente.

 CONSIDERANDO

Que el Código de Salud regula que, el Ministerio de Salud establecerá un programa nacional de medicamentos que permita operativizar las políticas de medicamentos incluyendo la selección, calidad, suministro, producción, comercialización y el uso racional de los mismos, promoviendo la participación social, teniendo como fin primordial el acceso de la población a medicamentos de calidad. Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, normará el suministro, la prescripción, promoción y uso adecuado de los medicamentos, según los niveles de atención de salud y escalones de complejidad, que queden establecidos en el modelo de atención en salud. (“Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social”)

Qué el reglamento para el Control Sanitario de los Medicamentos y Productos Afines regula qué corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social la regulación del registro sanitario de referencia, inscripción sanitaria, fabricación, fraccionamiento, control de calidad, distribución, comercialización, importación, almacenamiento, prescripción, dispensación, evaluación de conformidad de los productos enumerados en el Artículo 1 , así como lo referente a su uso racional y su intervención en aspectos relacionados a estupefacientes psicotrópicos y sus precursores; de lo que resulta necesario emitir el Acuerdo Ministerial que apruebe la Normativa para la Regulación de Medicamentos de Prescripción Médica, Antimicrobianos )antibióticos de vía oral y parenteral) y Esteroides Oftálmicos.

 POR TANTO 

En el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27 literales a) y m) del Decreto Número 114 97, Ley del Organismo Ejecutivo; 172 y 173 del Decreto Número 90 97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República de Guatemala y el Artículo 2 del Acuerdo Gubernativo Número 712-99 Reglamento para el control sanitario de los medicamentos y Productos Afines;

 ACUERDA:

Artículo 1. Aprobación. Se aprueba la normativa para La regulación de Medicamentos de Prescripción Médica Antimicrobianos (antibióticos de vía oral y parenteral) y Esteroides Oftálmicos.

Artículo 2. Ámbito de la Aplicación. El ámbito de ampliación de la Normativa para la Regulación de Medicamentos de Prescripción Médica, Antimicrobianos (antibióticos de vía oral y parenteral) y Esteroides Oftálmicos, es de carácter obligatorio para todas las farmacias.

Artículo 3. Derogatoria. Se deroga el Acuerdo Ministerial número 145-2019 de fecha veintisiete de junio de dos mil diecinueve.

Artículo 4. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial se empieza a regir inmediatamente y deberá notificarse a donde corresponda y publicarse en el sitio oficial del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

 

De igual manera existe la respectiva normativa, la cual indica lo siguiente:

“NORMATIVA PARA LA REGULACIÓN DE MEDICAMENTO DE PRESCRIPCIÓN MÉDICA, ANTIMICROBIANOS (ANTIBIÓTICOS DE VÍA ORAL Y PARENTERAL) Y ESTEROIDES OFTÁLMICOS” 

El objetivo principal es establecer los requisitos para la regulación de antimicrobianos (antibióticos de vía oral y parenteral) y esteroides oftálmicos de prescripción médica en todas las farmacias o droguerías. 

Los controles farmacológicos se llevarán a través del movimiento de entrada y salida de los medicamentos antimicrobianos, y esteroides oftálmicos que sean comercializados únicamente con prescripción médica, a través de informes mensuales proporcionados por la farmacia o droguería que los comercie.

La receta original o copia simple, deberá ser archivada en la farmacia, por un periodo de dos meses y se encontrarán disponibles para objeto de inspección por parte del Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines.

El control de los medicamentos bajo la modalidad de prescripción médica se iniciará con los antimicrobianos de acción sistemática vía oral y parenteral; con el objetivo de prevenir la resistencia antimicrobiana. En el caso de los esteroides oftálmicos, son objeto de control en la dispensación bajo prescripción médica, por el riesgo de glaucoma y ceguera.

El almacenamiento y despacho de medicamentos de uso humano que se encuentren a la venta bajo prescripción médica corresponderá a los establecimientos involucrados en la cadena de distribución y comercialización legalmente autorizados, bajo las condiciones que se establezcan en la normativa técnica específica correspondiente.

ABUSO EN LA PRESCRIPCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE ANTIBIÓTICOS EN LA POBLACIÓN GUATEMALTECA

Fuente: Banco de imágenes Bigstock

¿Por qué debería preocuparnos la venta libre de antibióticos? o mejor aún, ¿por qué debería preocuparnos la compra de medicamentos antibióticos, sin receta y/o prescripción médica?

Los antibióticos son un grupo farmacológico que se emplea para dar tratamiento a un 42% de las patologías registradas en el Sistema de Salud de Guatemala. Su regulación es significativa ya que el abuso y administración desmedido desarrolla en los pacientes RESISTENCIA A LOS MEDICAMENTOS ANTIBACTERIANOS, entiéndase condición en que el cuerpo humano ya no es susceptible o vulnerable a los medicamentos de este grupo farmacológico.

La resistencia a los medicamentos antibacterianos es un proceso complejo de adaptación de todos los microorganismos, en donde se desarrollan mecanismos de protección a favor de los agentes potencialmente nocivos y es capaz de ser transmitida a otros patógenos a través de dos patrones fundamentales. 

La transmisión horizontal, en donde el traspaso de genes de resistencia ocurre de una bacteria a otra por plásmidos; y transmisión vertical, en donde los genes son adoptados por generaciones sucesivas(herencia). Este último, menos frecuente, supone un mayor riesgo porque las bacterias pueden exhibir genes de resistencia aún en ausencia de exposición a antimicrobianos.

Los antibióticos son clave para el tratamiento de patologías de origen bacteriano, estos medicamentos están desarrollados y clasificados con orden jerárquico, el cual promueve iniciar tratamiento con los medicamentos de menor espectro. 

Lo que sucede con la administración descontrolada o desmedida, es que los agentes patógenos desarrollan inmunidad a los fármacos, con lo que adquieren mecanismos que suprimen la acción del antibiótico administrado al paciente.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que nos estamos quedando con “menos opciones terapéuticas” para atacar las bacterias, y la inversión en investigación y desarrollo de nuevos medicamentos va en aumento. Es una crisis a nivel mundial y Guatemala no es la excepción y por lo cual debe de atender a lo establecido en la Constitución de la República de Guatemala, respecto al derecho a la vida y a la salud, por este motivo fue promulgado el Acuerdo Ministerial 181-2019.

Cuando el antibiótico pierde la capacidad de respuesta ante un agente patógeno presentado en el paciente, significa que se deberá cambiar a un esquema de medicamentos de un espectro biológico mayor. El aumento de casos de este tipo nos perfila a que en un futuro los pacientes serán resistentes a la mayoría de los antibióticos conocidos, con lo que el ser humano será totalmente vulnerable a los agentes biológicos patológicos.

La clase de antibióticos más utilizados en Guatemala en el año 2018 fueron (26,8%) cefalosporinas de tercera generación, seguida de carbapenémicos (10,3%) y fluoroquinolonas (8%). 

Los antibióticos se utilizaron con mayor frecuencia en las áreas de cuidados intensivos (67,2%) y quirúrgicas (64,5%). El área médica presentó un menor uso (54,2%), con 51,2% de antibióticos prescritos para infecciones adquiridas en la comunidad, 22,9% para infecciones asociadas a la atención médica, 11,1% para la profilaxis quirúrgica y 6,1% por razones desconocidas.

“Hay un alto uso de antibióticos en general, focalizados principalmente en infecciones de la comunidad. Y mayor uso de cefalosporinas de tercera generación y quinolonas, cuando sabemos que estas infecciones pueden tener muy buen pronóstico con otros antibióticos que tienen menor generación de resistencia.” 

Los “Centros de Control de Enfermedades” -CDC- estiman que, en los consultorios médicos y las salas de emergencia, se recetan cada año aproximadamente 2 millones de tratamientos con antibióticos para infecciones que no los necesitan, dichos medicamentos para tratar resfriados y la influenza. 

Todas las personas tenemos que ser responsables en el uso de los antibióticos. El uso apropiado de los antibióticos ayuda a combatir la resistencia y garantiza la disponibilidad de estos medicamentos que salvan vidas para generaciones futuras.

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