La población de Guatemala posee cierto porcentaje de personas en condición de discapacidad y algunas de estas no conocen el proceso para participar en las Elecciones Generales. Debido a esta problemática las personas no se empadronan o no asisten a los centros de votación. Por este motivo, el presente artículo busca brindar de forma concisa el proceso y las facilidades que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha implementado para la población.
“El Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que los Estados Parte deben garantizar la igualdad de participación de las personas con discapacidad en la vida política y pública, incluso el derecho al voto, a ejercer candidaturas a elecciones y a ocupar puestos públicos. Para cumplir con este mandato, el Tribunal Supremo Electoral ha definido el voto con atención prioritaria o preferente a personas con discapacidad, con la intención de garantizar la libre expresión de su voluntad como votantes”.
Tribunal Supremo Electoral (TSE)
En Guatemala, se registran un 1 millón 600 mil personas con discapacidad de las cuales aproximadamente 70% están en condición de emitir su voto. Por ello, el TSE busca implementar el voto prioritario en estas Elecciones Generales. Los requisitos para estas personas son los mismos que para el resto de la población:
- Ser guatemalteco
- Mayor de edad
- Documento Personal de Identificación (DPI) vigente
- Estar empadronado

Este voto es aplicado a aquellas personas de talla baja, con discapacidad física, mental, psicosocial, sensorial o intelectual, personas con estado de salud delicado, mujeres embarazadas o con niños en brazos y personas adultas mayores a quienes el ejercicio del sufragio les resulte más complicado. Por esto, se debe brindar personal, soluciones y herramientas a este grupo de personas para que su participación se realice en condiciones equitativas a la demás población, ya que todos los ciudadanos poseemos el derecho al voto.
Para acomodar a una persona con alguna discapacidad, los alguaciles tendrán que estar atentos a alguno de estos individuos que se acerquen a la fila o Junta Receptora de Votos, aproximarse y comentar que se le puede brindar una atención adecuada para que su participación cívica sea más agradable. Se debe garantizar la libre expresión de la voluntad de las personas con discapacidad como electores. Además, si es necesario y a petición de ellos una persona de confianza les asistirá en la votación; priorizando que se respete la confidencialidad del voto.
“Si la persona con discapacidad no lleva acompañante, el Alguacil podrá auxiliarla, acercándose al frente de la mesa electoral y después de que realice los primeros pasos del procedimiento establecido, si el votante lo requiere, puede guiarle hasta el atril, para que marque las papeletas. Después, si fuera necesario, puede ubicarlo frente a la mesa receptora con los votos doblados previamente por el votante, a fin de que los deposite en las urnas correspondientes".
Tribunal Supremo Electoral

Desde 1990, el TSE colabora con la junta directiva del Benemérito Comité Pro-Ciegos y Sordos, con quienes se estableció un procedimiento para que los ciudadanos con discapacidad visual ejerzan su derecho al sufragio, usando papeletas en escritura braille. En las próximas votaciones se imprimirán 375 mil papeletas con sistema braille para personas con discapacidad visual, a cada Caja Electoral se le entregará 3, estas papeletas serán tomadas en cuenta al total de papeletas asignadas a la Junta Receptora de Votos.
Las papeletas se distinguirán porque se entregarán a la Caja Electoral en una bolsa plástica cerrada con una inscripción la cual dirá “Papeletas Braille”. Estas papeletas tendrán escrito en sistema Braille en el encabezado: para la elección Presidencial y Vicepresidencial la palabra “Presidente”; para diputaciones por lista nacional, las palabras “Diputados Lista Nacional”; para diputaciones distritales las palabras “Diputados Distritales”, para Corporación Municipal, la palabra “Alcaldes” y para diputaciones al Parlamento Centroamericano, las palabras “Diputados Parlacen”. Además, todas las papeletas sobre cada uno de los símbolos de las organizaciones políticas participantes, tendrán las siglas de cada una de ellas.

El voto prioritario también cuenta a las personas con discapacidad física o con movilidad reducida por lo que existe un procedimiento particular; como los atriles adaptados hechos de diversos materiales, cartón, metal y MDF, los cuales se pueden montar y desmontar a una altura de menos de 75 cm. El Centro de Operaciones del Proceso Electoral (COPE) cuenta con 40 personas con diversas discapacidades quienes contribuirán en la logística electoral en estas próximas elecciones.
Es de suma importancia reconocer que cualquier persona sin importar su condición tiene derecho al sufragio, por lo que el voto preferencial o prioritario es una herramienta crucial para los ciudadanos en condición de discapacidad, ya que por medio de este su elección será tomada en cuenta de manera equitativa. Implementar estas disposiciones en el sufragio nacional permite que la elección de la población con discapacidades se tome en cuenta, por tanto, estas personas tienen derecho a elegir equitativamente a las autoridades públicas que gobernaran el país, como lo hace cualquier ciudadano guatemalteco, haciéndose respetar los artículos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Referencias
- Cetino, R. (22 de marzo de 2023). Guatemala.com. Obtenido de https://aprende.guatemala.com/cultura-guatemalteca/requisitos-para-votar-en-las-elecciones-de-guatemala/
- TSE. (marzo de 2023). tse.org. Obtenido de https://www.tse.org.gt/index.php/comunicacion/noticias/787-tse-realizo-simulacro-de-votacion-para-personas-con-discapacidad
- TSE, T. S. (2023). Instructivo para Juntas Receptoras de Votos Tema 4. Voto con atención prioritaria o preferente. Obtenido de https://www.tse.org.gt/images/eg23/INSTRUCTIVO%20JRV-M7.pdf
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Vanessa Mogollón
Estudiante de ciencia política y jurídicas. Feminista. Amante de la naturaleza con el objetivo de crear políticas públicas las cuales busquen el mejoramiento del uso de los recursos naturales. Ferviente creyente de igualdad género.
1 comentario
Muy buena información